En el AÑO DEL 50 ANIVERSARIO de la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, el régimen de Alberto Fujimori continua con su política de represión y de irrespeto a la condición de SERES HUMANOS de la POBLACION y de los PRESOS POLITICOS, en Perú.
Antecedentes
1. El Sr. Alberto Fujimori juramentó como presidente del Perú comprometiéndose a respetar la Constitución Política y la voluntad del pueblo peruano que votó por él en rechazo a la política de Schock neoliberal.
2. Fujimori no cumplió ninguna de sus promesas y el 8 de agosto de 1990 aplicó el Modelo rechazado por la población. Los sueldos y salarios se igualaron a $19 dólares para obreros, profesionales y empleados. Desatando la mas violenta represión contra quienes protestaron, en ese marco de represión el 5 de abril de 1992 se dio un autogolpe de Estado instaurando una dictadura Cívico-militar.
3. Violentada la Constitución Política y los más elementales derechos económicos, sociales y culturales se instauro un gobierno de facto, que cerró el Congreso y el Tribunal de Garantías Constitucionales. El Poder Judicial fue reorganizado a su antojo. Se generalizó los allanamientos domiciliarios en las zonas mas empobrecidas y las detenciones arbitrarias, producto del cual existieron más de 10000 detenidos políticos. Según la Coordinadora Nacional el total de presos sociales y políticos producto del hambre y la represión alcanza 24000 en una población de 23 millones.
4. En este marco de absoluta arbitrariedad el régimen del Sr. Fujimori, ya como poder omnímodo dictó una serie de Decretos Leyes, que violan la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención de Ginebra y sus protocolos adicionales, firmados y ratificados por el Perú y que el gobierno del Sr. Fujimori esta obligado a cumplir y respetar.
5. Así por Decreto Ley se creó los Tribunales Civiles y Militares de Jueces sin Rostro, Tribunales que no garantizan el debido proceso, ni el Derecho a Defensa del procesado, mucho menos la independencia del poder judicial, donde las características de los jueces militares sin rostro son las de militares en actividad.
6. Se otorgó facultades extraordinarias a los "Servicios
de Seguridad" en desmedro del detenido. Así la policía,
pudo realizar :
- detenciones arbitrarias y allanamientos sin mandato
judicial, sin presencia de la Fiscalía y de un abogado
defensor; n secuestros por espacio de 15 o 30 días, sin notificar
a los familiares o abogados de la detención.
Al no ser notificada oficialmente la detención el detenido
podía darse por desaparecido en el caso de
no soportar los "interrogatorios", ya que debido a la ausencia total del
abogado y de la fiscalía, el detenido es brutalmente
torturado para autoinculparse o inculpar a otros.
- Finalmente las "pruebas" así obtenidas constituían
el argumento de la Fiscalía para exigir la condena
del detenido.
7. La llamada ley de arrepentimiento y las facultades extraordinarias con que contó la policía constituían un claro abuso de poder, que significó para miles de peruanos detenciones arbitrarias, torturas y condenas de 20, 30 años y cadena perpetua.
8. El gobierno Legisló las condiciones de prisión
e instauro el llamado REGIMEN CERRADO, que significó
una condena adicional a la perdida de libertad del detenido.
- El detenido es completamente aislado durante el primer
año, sin derecho a recibir visita o cualquier comunicación
del mundo exterior.
- Los presos políticos, no tienen Derecho a material
de información escrita, radial o televisada,
- carecen de adecuada alimentación, que cada vez
disminuye y atención médica es casi nula
- Sólo pueden recibir la visita de sus familiares
directos una vez al mes y la de sus hijos una vez cada tres
meses, esto ha sido modificado, pero con los traslados las visitas se han
distanciado o desaparecido,
- deben permanecer en sus celdas de 2x3m durante 23 horas
diarias,
- son permanentemente hostilizados, torturados física
y psicológicamente y recluidos en celdas de castigo
por largos periodos por faltas graves que sólo dependen de la arbitrariedad
del carcelero.
9. Todo esto evidencia que el régimen del Sr. Fujimori, viola todos los derechos y los Convenios y Pactos internacionales que en materia de Derechos Humanos que el Perú ha suscrito, en todos sus aspectos.
10. Todas estas arbitrariedades y violaciones las conoce hoy el mundo por la acción decidida del Comando Edgar Sánchez y podemos decir que gracias a esa acción HOY LOS PRESOS SOCIALES YA NO TIENEN MAS EL REGIMEN CERRADO, pero la venganza de la dictadura se ensaña hoy sobre los presos políticos tupacamaristas.
11. Considerando que toda persona que ha perdido la libertad no pierde su condición de SER HUMANO, los presos Políticos del Perú, asumirán una medida extrema como la HUELGA DE HAMBRE, para exigir el respeto que como seres humanos se merecen, se ponga termino al inhumano sistema de régimen cerrado, se ponga fin a los traslados arbitrarios de presos, se incremente el presupuesto para alimentación y atención medica y se realicen nuevos juicios, con garantías procesales y derecho a la defensa, pues ninguno de ellos pueden ser acusados de crímenes que no han cometido.