22 de Noviembre de 2003
MIGUEL
WENCESLAO RINCON RINCON,
prisionero en la Base
Naval del Callao, me presento a exponer a ustedes los Siguiente:
Estoy detenido hace
8 años; fui sometido a juicio en tribunales militares que violaron
todo procedimiento jurídico y sentenciado a cadena perpetua, la
única condicional adicional que se me impuso fue de un año
de aislamiento que cumplí con dos meses adicionales en el penal
de Yanamayo.
Violando todos los
tratados internacionales sobre el tratamiento de prisioneros firmados por
el país y el mismo código de Ejecución Penal, fui
sometido, junto con mis compañeros a condiciones de prisión
inhumanas. En Yanamayo estuvimos encerrados dos y tres personas en una
celda de dos metros por uno y medio, en la que era imposible siquiera caminar
un poco para estirar los músculos por 23 horas y media al día,
con una pésima alimentación, sin la atención adecuada
de salud por lo que muchos presos sufrían de diversos males que
no eran tratados, prohibidos de conocer lo que ocurría en el mundo,
el uso constante de la violencia para imponer medidas arbitrarias como
tapar las ventanas impidiendo el pase de luz y otros atropellos . En medio
de la satanización que promovía la dictadura fujimorista,
frente a todos estos abusos no dejamos de luchar por defender nuestros
derechos y dignidad como peruanos que hemos luchado, incluso a costa de
nuestras vidas para que nuestra patria tenga un futuro mejor y mas justos
por el que nos alzamos en armas.
Hace casi 6 años
fui trasladado a este penal. Hasta casi el fin de la dictadura fujimorista
estuvimos completamente aislados, no podíamos ver ni escuchar a
otras personas, el único contacto que podía tener era mi
madre y mi hermana por media hora al mes a través de un vidrio blindado,
hablando con parlantes, escuchados y grabados todas esas conversaciones,
impedidos de conocer lo que ocurría en el mundo, incluso de escuchar
música, de tener reloj o calendarios para saber las horas y los
días, obligados a hablar incluso con las autoridades a susurros,
paseando media hora al día solos en el patio bajo vigilancia amenazante,
muchas veces con armas de fuego del personal de la Marina. Dicho sistema
fue calificado por el Psiquiatra de la Cruz Roja Internacional que nos
visito como de crueldad y tortura mental; tenia por objeto dañarnos
física y mentalmente, tan así que preveía el uso de
camisa de fuerza que solo se decía que no debía ser usado
como castigo según el reglamento.
Contra ese régimen
también luchamos tanto defendiéndonos, organizando cada una
de nuestras actividades y nuestro tiempo, pero también con medidas
de lucha que no eran conocidas en el exterior, y algunas que llegaban a
romper el cerco de silencio, como la primera huelga de hambre que los prisioneros
del MRTA realizamos en 1999 durante un mes, ya que además había
una clara discriminación en que las condiciones mas duras eran para
los prisioneros del MRTA, realizamos también otras huelgas de hambre
y otras acciones de protesta que permitieron que el régimen se fuera
resquebrajando en los últimos tiempos del fujimorismo, consiguiendo
algunas medidas que lo flexibilizaban. Con la llegada del gobierno de transición
se estabilizo y con este gobierno se dio el reglamento de este penal en
un intento de legalizar su condición.
Este penal se mantiene
bajo un régimen de excepción donde no rigen las leyes nacionales
de tratamiento penitenciario, lo de que por si es una situación
ilegal e inconstitucional, se agrava por ser prisioneros civiles en un
penal militar bajo al custodia de las mismas fuerzas con las que estuvimos
enfrentados durante el conflicto. Lo que motiva que muchas decisiones no
se guían , ni por las leyes o razones sino por un espíritu
de venganza.
Desde comienzo de
este año con la anulación de nuestros juicios nos encontramos
en condición de inculpados. Sin embargo el organismo que orienta
y asesora al director de este penal, El Comité Técnico está
constituido entre otros por un miembro del Consejo Supremo de Justicia
Militar, quien nada tiene que hacer con nosotros jurídicamente,
además de eso desde hace años venimos invitando al presidente
del INPE y al Jefe de esta zona Naval a conversar sobre la situación
del Penal para que conozca aquello sobre el que toman decisiones las tomen
personas que no tienen ningún vínculo jurídico o que
no conocen para nada las condiciones reales del penal sobre el tema que
deciden.
Hace dos años
se aprobó el reglamento del CEREC que de por si es ilegal pues no
reglamenta ninguna ley y mas bien recorta una serie de derechos que las
leyes penitenciarias establecen, a pesar de eso, dicho reglamento solo
se cumple con extrema rigidez, incluso mas allá de lo que establece
en cuanto a las obligaciones de los prisioneros, pero no en cuanto a los
derechos que establece. Dicho reglamento reconoce además de las
visitas de los familiares tenemos derecho a visitas "especiales", que es
como califica a "toda visita del interno que no sea familiar" (Art.22)
; para lo cual establece un procedimiento (Cap.II del Titulo II ) ; sin
embargo a pesar de mis insistencias y de otros prisioneros se nos ha venido
negando ese derecho).
Después de
años de insistencia , habiendo presentado solicitudes con nombres,
desde noviembre del año pasado, a pesar que el reglamento establece
10 días de plazo para que dicho comité resuelva, recién
en el mes de mayo del presente año aprobó mi visita junto
con uno para cada interno, que pudo ingresar en tres oportunidades, sin
embargo en el mes de Junio se suspendieron dichas visitas sin justificación
alguna, en el mes de Julio se nos comunico formalmente dicha decisión.
Ese atropello motivó
que entonces realizara un acto de protesta con otros presos, de no acatar
los horarios de ingreso a la celda, protesta pacifica que no tuvo incidente
alguno, pidiendo además la presencia de un fiscal para sentar la
denuncia, que se accedió recién después de 5 días,
después de lo cual ingresamos a nuestras celdas voluntariamente.
Lejos de atender nuestros reclamos se nos impuso 15 días de aislamiento
total, medida que no esta considerada en el reglamento y que el código
de ejecución penal, lo considera solo, cuando han existido actos
de violencia; que no habían ocurrido. Se incluyo entre las sanciones
pues la prohibición de nuestras visitas familiares, que el Código
de Ejecución Penal no considera pues es una doble sanción,
el prisionero que supuestamente ha cometido la falta y el familiar que
no es responsable de dicha falta, en ningún penal se toman se toman
este tipo de sanciones, pero además esa decisión se tomó
para cortarme la visita de mis dos menores hijos que venían solo
por tres semanas desde el exterior para ver a su padre; a pesar de mis
solicitudes que en todo caso sólo se difiriera la aplicación
de esa parte de la sanción se me acorto dicha visita violando todas
las normas referentes a los derechos de los niños, y de las tres
semanas que ellos estuvieron en el país solo pude verlos una semana.
A inicios del mes
de septiembre todos los prisioneros solicitamos que nos restituyan nuestro
derecho de visitas tanto del resto de los familiares que venían
ingresando como de las visitas especiales, argumentamos que era ilegal
e injusto que mientras que se nos exigía que nosotros cumplamos
estrictamente el reglamento ellos no lo cumplieran, después de varias
conversaciones, el Capitán Luis Ramos, jefe del CEREC, solicito
el plazo de un mes hasta el 19 de Octubre para realizar las gestiones y
resolver positivamente, pues supuestamente teníamos la razón;
al cumplirse dicho plazo volvió a solicitar una semana mas y luego
otra, plazos a los que accedimos demostrando que lo que buscábamos
era resolver este problema y no crear tensiones innecesarias.
Hace dos semanas se nos comunico un acuerdo del Comité Técnico. Se nos restituía el derecho de visitas especiales, una a cada prisionero, pero establecían limitaciones para los cuales el Comité Técnico no esta facultado: que las visitas sean cada dos meses y solo por dos horas; solo a modo de ejemplo para buscar el razonamiento de esta medida comprobamos que hay detenidos por corrupción y crímenes de lesa humanidad como el General Hermoza Rìos o Martín Rivas que en una sola de sus visitas de las tres que tienen en la semana de 7 horas como es normal en todos los penales reciban hasta mas de 30 visitas al día, como la prensa informoismo hemos podido conocer de reuniones por cumpleaños de un preso común con la asistencia de 60 personas, sus sentencias o procesos no les niega el derecho a esas visitas, a nosotros tampoco, pero de acuerdo a la resolución tomada para equiparar esas visitas de un día de estos presos nosotros necesitaría mos de 21 a 42 años de visitas. Puede haber alguna justificación para tales discriminaciones? Además el Comité decidió que dichas visitas se realizaran por locutorio, decisión ilegal pues el reglamento no hace ninguna referencia a locutorio nicomo posibilidad, no existe ese régimen en ningún penal del país, en este Penal fue superado hace mas de tres años y no existe instalación física alguna donde podría llevarse a cabo. En el fondo era una manera de negarnos a la visita, pues sabían que esas eran condiciones inaceptable por ser ilegales.
Debido a eso todos
los prisioneros consideramos que si las autoridades de este penal no cumplían
el propio reglamento y se burlaban de él, no era justo que nos exija
que nosotros cumplamos todas las normas y decidimos protestar pacíficamente
negándonos a acatar el horario de ingreso a las celdas. Ante esta
medida llegamos a un acuerdo inicial con el Jefe de CEREC, con carácter
transitorio hasta que se resuelva de manera definitiva; habrían
dos visitas especiales para cada uno en este año, uno a comienzo
de Noviembre y otro entre navidad y Año Nuevo que procuraría
resolver en 15 días lo de la visita de los demás familiares
y quedo en consultar la modificatoria del locutorio y las dos horas.
Una semana después
toman una nueva decisión por la que en principio acuerdan que no
tengamos visitas ningún prisionero, según nos han comunicado
el Dr. Avila , las razones serían de seguridad nacional. Dicho argumento
siempre se uso en este penal durante todo el tiempo de la dictadura fujimorista
para imponer todos los atropellos que se cometieron, no hay dispositivo
que autorice a dicho Comité a recortarnos derechos que la ley establece
por razones que no se sustentan en prueba de ninguna clase. Lo arbitrario
de la decisión se muestra cuando en segundo lugar toman la decisión
que por razones humanitarias, dos detenidos, el Sr. Cárdenas y el
Sr. Guzmán podrían tener visitas, cada dos meses, y sin locutorio,
pues en las conversaciones la única sospecha por la que justifican
esa posible "seguridad" como la difundieron también en el mes de
Julio, es algo que pretenden vincular al Sr. Guzmán; pues bien,
si tales son las acusaciones que justifiquen que no debemos tener de visitas
todos los prisioneros cual es la razón por la cual se otorga ese
derecho casi exclusivamente a quien se le acusa del posible hecho precisamente.
Esa justificación es evidentemente absurda , es solo un pretexto
para negar la visita y además introducir una división entre
los presos, volviendo a practicas de diferencias o preferencias que en
este penal se han usado sistemáticamente.
Es evidente que esa
resolución no solo no resuelve el problema sino que agrava la ilegalidad
de las decisiones que viene adoptando dicho Comité, el Jefe de CEREC.
A pesar de ello en conversación con el Dr, Jose Avila enviado por
ese organismo para explicarnos su decisión, quien nos comunico que
dicho Comité no había tenido conocimiento del acuerdo previo
que habíamos tomado con el Jefe del CEREC, y que le parecía
una solución posible, nos pidió un plazo de dos días
mas para resolver y que regresaría con una solución definitiva
el viernes 21, que nos pareció correcto.
Sin embargo desatendiendo
dicho plazo, sin resolver el cumplimiento del reglamento en cuanto a nuestra
visitas, el Capitán Luis Ramos, Jefe del CEREC ha optado por imponernos
una sanción que repite las mismas características que la
anterior; contraviniendo el texto del reglamento que prohíbe que
todas las sanciones se apliquen juntas en su articulo 38 "Las sanciones
por faltas graves y leves se aplicaran alternativamente" él las
aplica todas juntas; usa el criterio de reincidencia -la anterior sanción
por reclamar el incumplimiento de este mismo derecho- que ya está
en desuso el derecho penal peruano, para imponernos mas tiempo en la sanción.
Para imponernos la sanción ha hecho uso de la fuerza bruta haciendo
ingresar al Penal a personal de las Fuerzas Especiales de la Marina de
Guerra, quienes nos han agredido violentamente, en mi caso fui reducido
a la fuerza, estando en el suelo golpeado varias veces, fui traído
a mi celda en vilo y a golpes, hechos que han dejado huellas como extensas
raspaduras producidas al arrastrarme por el suelo y golpearme, como lo
han constatado médicos legistas; mi celda fue revisada y sustraídas
mis pertenencias sin mi presencia como lo establece el reglamento o la
presencia del fiscal que instantes previos converso con todos los prisioneros
y las autoridades y luego de escuchar nuestras razones invoco al director
del Penal a cumplir el reglamento y las normas en todas sus partes, incluido
en las que corresponden a nuestros derechos y se retiró, por lo
que todos estos acontecimientos se hicieron sin su presencia y a pesar
de su invocación a una solución pacifica, de mi celda han
sido sustraídos dos radios casetts, cartas personales, discos y
un libro, además de mis cubiertos de comer. Adicional a estas medidas
el Jefe del CEREC ha tomado otras que no están contempladas en la
sanción. Nos ha recortado el uso de la luz que desde que yo llegue
siempre se ha apagado a las 12 de la noche se ha ordenado que se apague
a las 10 de la noche, las normas establecen que los sancionados tenemos
derecho a salir una hora diaria a tomar sol, un horario para el aseo de
nuestras pertenencias y celda, lo que se nos niega; la sanción no
impide que desarrollemos nuestros trabajos, pero se nos impide ir a nuestras
áreas de trabajo e incluso se nos niega que se traigan materiales
de trabajo a nuestras celdas.
El tratamiento en
este Penal no es igual para todos; el caso mas notorio es la del señor
Montesinos, quien goza de una serie de privilegios que los demás
presos no tienen, algunas de los cuales fueron denunciadas incluso por
su propia hija, que no solo se mantiene sino que se resolvieron prohibiendo
la visita de la que había denunciado. Esta situación revela
acuerdos de tratamiento a espaldas de las leyes y del país. Es curioso
que para dirigir este penal haya sido designado el Cap. Luis Ramos, quien
precisamente fuera su Jefe de este mismo centro cuando era el Sr. Montesinos
quien tomaba las decisiones sobre este Penal.
Es por estas
razones que junto con otros prisioneros he tomado la decisión de
declararme en huelga de hambre como medida de protesta ante todo este atropello,
medida que atenta contra mi propia integridad física, pero estando
impedido de toda otra posibilidad, no puedo aceptar pasivamente todo estos
abusos.
Exijo que se me restituya mis
derechos que por ley me corresponde, incluso por reglamento de este Penal
como es el derecho que todos mis familiares puedan visitarme, tener visitas
no familiares como todo preso del país, tener derecho a defenderme
públicamente frente a todas las mentiras que se difunden, derecho
a un juicio en las mismas condiciones que todos los demás presos
del país, cese de la política de represión en este
penal y los intentos de restablecer el régimen fujimontesinista
en este Penal.
Yo no soy de los que rehuya sus
responsabilidades, todo lo contrario asumo mi condición de dirigente
del Movimiento Revolucionario Tupac Amaru y defiendo decididamente las
razones por la que nos alzamos en armas y la trayectoria que hemos seguido,
sigo pensando que la solución de los gravísimos problemas
por los que atraviesa nuestra patria y en particular los pobres requieren
un cambio social, que cree verdaderas condiciones de libertad, igualdad,
justicia y democracia que será la tarea de una revolución
auténticamente popular. Reconozco que los que vencieron tienen derecho
a juzgarnos pero deben hacerlo de acuerdo a sus propias leyes y convenios
internacionales suscritos, y no a caprichos de algún político
o deseo de simple venganza; nosotros no hemos cometido actos de terrorismo
somos revolucionarios, nos hemos alzado en armas contra el orden establecido,
nos hemos rebelado, pero hemos respetado en lo fundamental las normas internacionales
para los conflictos internos, como lo reconoce incluso en parte el informe
de la Comisión de la verdad y la Reconciliación; nuestras
condiciones de prisión deben cumplirse en un Penal para civiles
y respetando las mismas leyes nacionales y convenios internacionales que
rigen para todos los demás prisioneros del país.
Penal de la Base
Naval del Callao
22 de Noviembre
de 2003
Miguel Wenceslao
RINCON RINCON
Movimiento Revolucionario
Tupac Amaru (MRTA)